
Fuente: www.pichilemunews.cl – 13.04.2025
La primera Audiencia Pública se realizará el 21 de abril de 2025, a las 17:15 horas, en el Auditorio Municipal de Pichilemu (Ángel Gaete N° 365).
¿Tendrá la comunidad pichilemina las certezas que, con estas modificaciones, si esta vez el borde costero -por ejemplo- estará ahora verdaderamente protegido?
¿O que, proyectos de loteos y/o proyectos inmobiliarios no sean invasivos en cuerpos de aguas -por ejemplo- en la laguna El Ancho, o que se construya en zonas de riesgos como en quebradas?
La verdad, es que ningún PRC por muy elaborado que esté, con participación de los mejores urbanistas, tras su publicación en el Diario Oficial el actual Plan Regulador Comunal de Pichilemu, PRC, que está vigente desde febrero de 2005 garantiza su pleno e irrestricto cumplimiento.
Dependerá sencillamente de la voluntad que tenga el Departamento de Obras Municipales, como de las autoridades municipales, de hacer respetar la Ley General de Urbanismo y Construcciones, como de cada una de las ordenanzas establecidas y aprobadas para el Plan Regulador Comunal de Pichilemu, PRC.
Por ello, no es temerario decir que el PRC actual NO SE HA RESPETADO y se ha INFRINGIDO en repetidas veces y, en ello cada uno de los directores de obras municipales tienen su cuota de responsabilidad, como de los jefes directos, que han permitido que ello ocurra.
Son muchos casos de este tipo de irregularidades, donde uno de ellos -el más emblemático- es la construcción de viviendas en Zona P-1 con restricción en el borde costero, que hechas las denuncias pertinentes -no por las autoridades, sino por dirigentes vecinales- la Contraloría General de la República ordenó que se decretara su demolición.
Resolución del órgano contralor no acatada oportunamente dio pie a que el/los dueños de la propiedad (terreno obtenido a través de la Ley del Cartel, pese a que BB.NN. respondió “que se abstuviera de hacerlo”) a que lo transfiriera a terceros; riéndose de las autoridades municipales que, a la fecha, han firmado a lo menos, dos decretos de demolición que aún no se cumple.
Lo cierto es, que la vivienda sigue usándose, transgrediéndose varias normativas: a) Vivienda construida sin Permiso de Construcción, b) estar en Zona P-1, y, además, c) emplazada por delante del proyectado Paseo Peatonal, vía que quedó establecida -precisamente- para impedir que ninguna construcción quedará obstaculizando la vista del borde costero.
Por otra parte, si no hay contraparte técnica que vele por el bien común, no de intereses de privados que, generalmente se imponen -a la corta o a la larga, como sucedió, por ejemplo, con el Parque “San Antonio”- un área verde que terminó como Condominio “San Antonio”; es poco probable que las modificaciones sustanciales -a las que se está llamando a pronunciarse y hacer observaciones, por escrito, a la comunidad- sean las normativas que, posteriormente, se van a respetar.
Cabe recordar que, antes situaciones similares no olvidar que vecinos llegaron a asesorarse -algunos exconcejales deben recordar, por ejemplo, en el período 2008-2013- porque no siempre cada una de las propuestas técnicas, de expertos, de profesionales, son las mejores o las que solucionarán problemas que se busca solucionar, mitigar. O, a perjudicar, como en esta propuesta puede suceder.
Por ello, a quienes les preocupa realmente un mejor ordenamiento territorial, a los dirigentes que se atreven a opinar o que están más atentos a “que se quiera pasar gatos por liebres” a estar atentos. Y, en lo posible hacerse asesorar por otros profesionales. Ojalá sin conflicto de intereses, pues tenemos situaciones donde el interés general ha sido pasado a llevar por intereses de privados. Y ejemplos hay muchos ….
Municipalidad Informa
Textual: “Se informa a la comunidad que, conforme al Artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y el Artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, se inicia el proceso de aprobación y consulta pública de la Modificación Sustancial I al Plan Regulador Comunal (PRC) de Pichilemu, que afecta a diversos sectores de la comuna.
La primera Audiencia Pública se realizará el 21 de abril de 2025, a las 17:15 horas, en el Auditorio Municipal de Pichilemu (Ángel Gaete N° 365).
Los interesados podrán formular observaciones por escrito en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Pichilemu (Ángel Gaete 365), en horario de 08:00 a 17:00 horas, desde el 21 de abril hasta el 27 de junio de 2025.
Desde la página web de la Municipalidad se podrá descargar el Anteproyecto de la Modificación y documentos asociados, a través del siguiente link:
Imágenes: Pantallazos a Planos del PRC propuesto.
