Fuente: El Rancagüino online – Por: Erika Pulgarín – 29.12.2022
– Hace más de 8 meses la seremía de Vivienda autorizó la demolición de esta infraestructura, sin embargo, fue el 8 de diciembre cuando apenas la municipalidad de Rancagua emitió el decreto que permitirá esta acción.
En ediciones anteriores les informábamos del peligro de derrumbe que presenta el atrio del templo San Francisco en Rancagua, ubicado en la esquina de Millan con Estado. Es tal el daño que presenta el ingreso al templo que la única solución era demolerlo, pero para poder realizar estas necesarias obras era necesario un decreto municipal ya que el edificio se encuentra en zona de resguardo patrimonial.
Así las cosas, y tras múltiples consultas al municipio, este jueves llegó hasta nuestras manos un decreto fechado el 8 de diciembre, donde ordena el municipio ordena la Demolición parcial (Nártex o Atrio) de la Iglesia de San Francisco de Asís, ubicada en calle Estado N°766, de la comuna y además se otorga un plazo de ejecución de la demolición de 30 días corridos, contados desde el momento de ser notificada la resolución.
Sin embargo, Roberto Urbina, director ejecutivo de la Fundación La Santa Cruz del Obispado de Rancagua señala que hasta los momentos no han recibido una notificación formal sobre el decreto, que toda la información que saben sobre la orden de demolición es de manera extraoficial.
“El decreto según hemos escuchado, fue emitido el 8 de diciembre, estaría firmado por el alcalde Juan Ramón Godoy y por el director de obras municipales, pero a nosotros formalmente no nos ha llegado al obispado. Si tiene fecha 8 de diciembre, y el plazo que da para las obras son 30 días es sorprendente que no exista preocupación de que no haya llegado a tiempo para poder ejecutar la demolición dentro de los lapsos. Estamos inquietos por eso, porque nosotros tenemos interés en cumplir esa función y en evitar el daño que puede provocar un derrumbe o un colapso de ese atrio en el templo de San Francisco”, señaló.
Asimismo, Urbina manifestó que “a mí me parece que esto es algo muy raro, yo no tengo que hace ningún llamado para que nos hagan llegar el oficio, a mí me parece que es una responsabilidad de ellos (municipalidad) que este documento llegue a la brevedad posible, sino como vamos a cumplir el plazo de 30 días, si el decreto no llega formalmente”. Cabe resaltar que en dicho documento se manifiesta que el no cumplimiento de los plazos, será motivo suficiente, para proceder a lo ordenado con cargo del infractor, con personal de la Dirección de Gestión Ambiental.
Asimismo, dentro del oficio ordenan que se publique el Decreto exento No: 4187/202 en la Página Web Municipal. Cabe destacar que al cierre de la presente edición (20 horas del jueves 28 de diciembre de 2022) el documento no estaba publicado en el sitio web del municipio.
Urbina, director ejecutivo de la Fundación La Santa Cruz expone “el templo San Francisco de Rancagua sufrió daños estructurales con el terremoto de febrero del 2010, los muros estaban quebrados, pero además de los daños del terremoto después del 2010 hubo una nueva norma antisísmica una legislación en Chile para fortalecer las construcciones a objeto de defendernos mejor de los terremotos y temblores”.
Urbina destaca que “hay que tomar conciencia, el actual atrio es un peligro, porque en un sismo grande, fuerte pueden caer pedazos o puede caerse entero y derrumbarse, y eso significa, un daño que puede provocarle a mucha gente, incluso a los transeúntes. Nosotros estamos con un temor, con una angustia muy grande ante la posibilidad de ese peligro. Por eso tenemos instrucciones del Obispo, de que esto tenemos que demolerlo lo más pronto posible, esto significa para la iglesia un gasto cercano a los 50 millones de pesos y no tenemos ese dinero. Hemos conseguido con el aporte de una empresa de la región y con una fundación de Santiago 10 millones de pesos, pero falta el resto”.
Un poco de historia
El terremoto del 2010 dañó el templo. El proyecto para su restauración consideró reforzamiento estructural para que cumpla con la actual norma sísmica y repare sus daños, pero se dejó fuera el atrio porque no se apreció daños que hicieran necesario intervenirlo. A comienzos de 2019 la obra de restauración del templo llegaba a su fin y se iniciaron trabajos menores en el atrio, durante los cuales surgieron indicios de deficiencias constructivas y soluciones que no cumplen con las normas legales. Se pidió un diagnóstico profesional al ingeniero Juan Mendoza quien visitó el lugar en abril del 2019 y emitió un informe preliminar cuyas conclusiones indicaron daños importantes, signos de debilidad en la estructura, elementos que no cumplen la normativa y sospecha de problemas que lo llevaron a recomendar un estudio más profundo.
En aquel entonces, por indicación del Gobierno Regional, la Dirección de Arquitectura del MOP contrató especialistas que tomaron muestras del atrio para su análisis en un laboratorio de Santiago cuyo informe sirvió de base para el nuevo estudio del ingeniero Mendoza, quien el 8 de octubre del 2019 entregó sus resultados. Concluye la existencia probada de daños importantes en la estructura e incumplimiento de actuales normas legales, lo que hace necesario un reforzamiento estructural de gran envergadura que le asegure solidez, resistencia y firmeza, además de cumplir la actual norma sísmica. Según estos estudios, el atrio en las actuales condiciones presenta un alto riesgo para quienes transitan por su alrededor, con peligro de desprendimientos y eventual desplome, si hubiera un sismo de relativa magnitud. Se consideró urgente resolver este riesgo de inmediato. Por esto, el acceso frontal permanece cerrado obligando a usar los accesos laterales con las limitaciones que ellos implican.
En septiembre de 2020 el alcalde de turno, Eduardo Soto constituyó una Mesa de Trabajo integrada por 4 funcionarios del Gobierno Regional, 3 de la Municipalidad de Rancagua, 2 de la Dirección de Arquitectura del MOP regional, el párroco de San Francisco y el director ejecutivo de la Fundación La Santa Cruz. En dos reuniones analizaron dos alternativas; reforzamiento del atrio actual, y reconstrucción de un atrio nuevo.
Frente al reforzamiento del atrio actual se señaló que es más caro reforzar que demoler lo que hay y reconstruir uno nuevo; además implica cierre perimetral del atrio, durante varios meses, como protección de peatones lo que limita el acceso al templo y el uso de gran parte de calle Estado frente al templo, generando un obstáculo en una calle peatonal de gran afluencia en el damero central.
Otros argumentos reforzaron una posición contraria al reforzamiento del atrio actual. Ante la alternativa de reconstruir un atrio nuevo se consideró que tiene menor costo que la alternativa anterior y, si se demuele de inmediato permite usar el templo sin el riesgo de derrumbe. Esto deja tiempo para preparar la reconstrucción del nuevo atrio, conforme a la normativa actual y recuperando su diseño original.
En esas mesas de trabajo se acordó que la Iglesia asuma la demolición del atrio ya que ni el Estado ni la Municipalidad pueden financiar este tipo de obras, salvo que sean parte del proyecto de reposición, lo que demorará unos dos años.
Por tratarse de una zona y un edificio de Conservación Histórica, el alcalde de Rancagua actual, Juan Ramón Godoy pidió la autorización correspondiente para demoler, al Seremi de Vivienda y Urbanismo quien, el 19 de abril pasado, emitió el oficio n° 558 que autoriza la demolición con lo que la Municipalidad puede decretar su ejecución.
Dentro de dicho informe se manifiesta lo siguiente:
«La estructura en el estado actual en el que se encuentra no presenta un comportamiento sismo resistente, siendo un riesgo para las personas que transitan por las calles aledañas y personas que ingresan al lugar. El comportamiento independiente del atrio, la inexistencia de junta entre construcciones y la moderada afectación de resistencia de los elementos estructurales primarios, entendiéndose estos, los que resisten las mayores fuerzas y mantienen la estabilidad, afectan el adecuado comportamiento antisísmico en ambas direcciones”.
Que, según la normativa vigente, et artículo 148 de la Ley General de urbanismo y construcciones establece que el alcalde, a petición del director de obras Municipales, podrá ordenar la demolición, total o parcial, a costa del propietario, de “obras que no ofrezcan las debidas garantías de salubridad, o que amenacen ruina”.
El Artículo 156 de la Ley General de urbanismo y construcciones señala que cuando el peligro de derrumbe de una obra o de parte de ella fuere inminente, el municipio podrá adoptar de inmediato todas las medidas necesarias para eliminar el peligro, incluso la de demoler sin más trámite, total o parcialmente la obra, todo por cuenta del propietario del inmueble.
Fotografía: El Rancagüino
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