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Pichilemu: Contundente fallo de la Corte de Apelaciones de Rancagua da la razón a la defensa ejercida por Junta Vecinal por terreno que es un BNUP

Fuente: www.pichilemunews.cl – 10.05.2023
– El Bien Nacional de Uso Público, BNUP, pertenece al municipio pichilemino desde los años 1960, cuando fue inscrito en el Conservador de Bienes Raíces de Santa Cruz, tras donación del dueño de los Loteos de las Poblaciones “El Bosque” y “María Luisa”.
– Sin embargo, como lo denunciamos en nuestro medio, apoyando la acción reivindicatoria de la Junta de Vecinos de Playa Hermosa, el municipio luego de un trabajo desprolijo (por decirlo en forma elegante) entregó a un privado que apoyado con una inscripción trucha -como otras donde también se ha demostrado en los tribunales- lo reclamó como suyo. Y logró finalmente, que la DOM le otorgara permiso de construcción para intervenir el área verde ubicada en el Cabezal Sur del Aeródromo pichilemino (también municipal). Para colmo, el Concejo en una acción que rayó en la ingenuidad, en una Declaración Pública firmada por el alcalde Cristian Pozo y cada uno de los concejales, justificó el proceder municipal.
– Ya lo hemos repetido, pero se lo volvemos a “restregar”: El Concejo Municipal desde varios años había sido advertido que el BNUP era de propiedad municipal desde los años ’60. Se le advirtió al hoy exalcalde Roberto Córdova, al alcalde actual, a los “profesionales” de la oficina jurídica municipal, por oficios y correos electrónicos; pero la soberbia de éstos quiso más.
Contrataron -como en otras ocasiones- a profesionales abogados que hicieron un deficiente trabajo, donde buscaron por “encimita” y no dieron con la Inscripción del BNUP en el Conservador; pero si -simples dirigentes vecinales, aunque como pocos- si fueron capaces con dar con los documentos que prueban que si el BNUP, era Municipal.
– Documento -con la resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua, emitido ayer martes 9 de mayo- fue entregado en horas de la mañana de hoy por el Presidente de la Junta de Vecinos “Playa Hermosa”, Juan Luis Barra; quienes paralelamente han emitido una Declaración Pública.

¿Qué viene ahora?, se preguntarán aquellos pichileminos y pichileminas de bien. Lo más probable que, el privado que “se siente afectado” por la resolución de la Corte de Apelaciones, recurrirá de apelación a la otra instancia que queda: Corte Suprema.
Ahí, si ello llega a ocurrir, y como seguramente se preguntará usted, yo mismo, ¿cree usted que la Corte Suprema le dará la razón a un privado en desmedro de un BNUP que, más que defendido por quien se vio obligado a hacerlo, la defensa primaria vino de los vecinos, de la comunidad? y, que ¡en buena hora! dirigentes con pantalones actuaron y defendieron lo que es de todos, e interpusieron el Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones de Rancagua. Felizmente, con los resultados que estamos destacando, valorando.

FALLO
Tenemos el documento con el fallo completo de la Corte de Apelaciones; pero por su largo contenido, solo reproducimos el último artículo a continuación.
En tanto lo publicamos en Facebook en forma íntegra, para que lo lean y se den cuenta de la tremenda chambonada que, en su momento, cometió el Concejo Municipal.
No es la única vez por lo demás. Hay otras chambonadas que hemos repetido en más de una ocasión y, que sigue en proceso de “negociaciones”, pese a que el municipio ha ganado al menos en dos ocasiones por otro BNUP que está -pese a ello- en poder y usufructo del particular. Ya nos abocaremos a ello.

UNDÉCIMO: Que, por las razones anteriores, considerando que el permiso de construcción materia del recurso, constituye un acto ilegal, en cuanto se otorgó respecto de quien no tiene la calidad de propietario indiscutido y que al menos pone en riesgo o amenaza el derecho de propiedad reclamado por el municipio y los vecinos del sector, no cabe más que acoger el presente recurso. Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso de protección deducido por la Junta de Vecinos de Playa Hermosa de Pichilemu, soló cuanto se deja sin efecto el Permiso de Construcción N°154, otorgado con fecha 14 de julio de 2022 por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Pichilemu a la empresa Eluney SpA, respecto del inmueble Rol de Avalúo 578-22, sin costas.
Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese.
Redacción del Ministro Pedro Caro Romero.
Rol Corte 12.281-2022 Protección.

Aplausos
Por cierto, esto no llega hasta acá. Seguramente vienen otras batallas; pero -como lo estamos en otras causas vigentes- el resultado, tarde o temprano darán la razón a la verdad, a los documentos que en forma inequívoca dan la razón, el fundamento al optimismo que transpiramos.
Nada de esto hubiera sucedido gracias a la acción de los vecinos vigilantes -que ojalá en cada sector estuvieran pendiente a la llegada de personajes, con o sin corbata- a los dirigentes que hacen su pega, cabalmente, mojan la camiseta, con acciones concretas, como ocurrió en esta ocasión; interponiendo el recurso de protección, ante la inercia municipal.
Y, muy especialmente a la profesional que brillantemente ha hecho un trabajo que no todos cumplen. Comprometida al mil por ciento con esta causa ciudadana. Y que, no me cabe duda, seguirá en la vereda verdadera, en el camino correcto.
Felicitaciones a los vecinos, a los dirigentes y a las abogadas Isabel Riquelme y María Cecilia Moya.

Fotografías: Archivos “Pichilemunews”.

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