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Chile

Pichilemu:  Y ahora ¿quién podrá defendernos?

Fuente: www.pichilemunews.cl – 03.03.2021
En el artículo que publicamos el viernes pasado, relacionado con terrenos de Playa La Caletilla, hicimos mención a que se esperaba que la actuación del 14º Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol V-115-2006, fuese similar a la del Segundo Juzgado Civil y Corte de Apelaciones de Rancagua en la causa Rol 22550-2016, que ratificó el dominio del Fisco sobre dichos terrenos.

Como lo hemos difundido antes -al denunciar estas pretensiones, en su momento- existe una acción voluntaria presentada en el año 2006 por el heredero universal Jonhatan Aliaga Leiva para obtener la posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de Ana Bianchi Ghezzi. Este heredero hizo cesión de sus derechos a Daniel Parada Aliaga el 12 de septiembre de 2015.
Esa acción voluntaria pretende inscribir, entre otras propiedades, más de cuarenta mil metros cuadrados, 90% aproximadamente de playa. Sí, ¡¡no estamos equivocados!!. Estos corresponden al sitio existente en el cabezal Sur del aeródromo, de propiedad municipal. Asimismo, todos los terrenos entre la línea de alta marea y propiedades existentes en Playa La Ballena y los terrenos de Playa La Caletilla.
Afortunadamente, y ojalá así sea, para ninguno de estos tres terrenos hay algún viso de aprobación por parte del Juez para darle la razón a quien pretende inscribir.
Con fecha 17 de octubre de 2017, el 14º Juzgado de Santiago ordenó al Notario Conservador de Bienes Raíces de Pichilemu proceder  a las anotaciones e inscripciones de las siguientes propiedades según se desprende de la información del Servicio de Impuestos Internos, que destacamos en cursiva:

Rol 466-4, Ross MZ CA ST 284 El Bosque, Carolina Parraguez González, Eriazo, calle Rapa Nui entre Avenida Comercio y Evaristo Merino.
Rol 452-6, Las Acacias MZ I ST 109 María Luisa, ELUNEY SpA, Eriazo, calle Las Acacias ente Los Alerces y Los Aromos.
Rol 453-7, Bartolomé Esteva MZ H ST 80, Emilia Quijada Castillo, Eriazo, Bartolomé Esteva entre Los Alerces y Los Aromos.
Rol 452-16, Av. Costanera MZ I ST 128, Jorge Vásquez Albornoz, Habitacional. Av. Costanera entre Los Alerces y Los Aromos.
Rol 452-7, Las Acacias MZ I ST 110 María Luisa, José Bianchi Molinari, culto, entre Av. Costanera y Las Acacias.

Estas cinco propiedades fueron inscritas el 8 de noviembre de 2017 por el ex Notario Conservador y Archivero Judicial Juan Pablo Ortiz de Rozas, según Rep. Nº 1978, fs. 1649 Nº 1273, Rep. Nº 1979, fs. 1650 Nº 1274, Rep. Nº 1980, fs. 1651 Nº 1275, Rep. Nº 1981, fs. 1652, Nº 1276 y Rep. Nº 1981, fs. 1652, Nº 1276.
La propiedad inscrita según repertorio número 1979, fs. 1650 Nº 1274, rol de avalúo del SII 453-7, “sin perjuicio de otros roles que pudiesen aparecer”, que figura a nombre de ELUNEY SpA en el documento emitido por dicho servicio, fue vendida por Daniel Parada Aliaga a la Sociedad por Acciones ELUNEY SpA del giro arriendo de cabañas y otros, representada por el mismo Daniel Parada Aliaga, inscrita en el CBR de Pichilemu según Rep. 2306, a fs. 2118 Nº 1121, año 2019, con la firma del mismo ex Notario.
La superficie del terreno según títulos es de tres mil seis metros cuadrados, con deslindes con calle Guillermo Tell y Aviador Acevedo al Noroeste, otros propietarios al Suroeste, otros propietarios al Sur y otros propietarios al Poniente. El Rol de avalúo de la propiedad inscrita según ese contrato es el 578-22.
Es decir, de una propiedad inscrita en calle Bartolomé Esteva con rol 453-7, de una superficie aproximada de 400 metros cuadrados, se vende transformada en tres mil seis metros cuadrados, con un emborrachamiento de perdiz brutal, incluso con un error ¿u omisión? del Servicio de Impuestos Internos quien asignó un número de rol correspondiente a Playa Hermosa y no a Infiernillo.

La distancia entre ambas propiedades es de más de mil metros (un pequeño error).

¿Por qué fue autorizada la inscripción con esta irregularidad?.

De esta forma, Daniel Parada Aliaga como persona natural y heredero de los bienes testados se hace propietario a través de la empresa ELUNEY SpA, de la cual el mismo es su representante, sin mérito, de una parte de los terrenos invocados. Como el Juez no encontró argumentos jurídicos para fallar en su favor en el sentido de ordenar su inscripción, optó por el camino torcido y el engaño a la comunidad.
El terreno que solicitaba inscribir contempla un total de 5.946,5 metros cuadrados según plano confeccionado por el arquitecto Francisco Jaramillo y se hizo una pequeña rebaja para que no se note tanto, de 2.939,5 metros cuadrados.
Este terreno ha sido reclamado en forma reiterada por dirigentes de la Junta de Vecinos Nº 2 Infiernillo a la Municipalidad, a fin de cumplir con lo establecido en el Plano Regulador vigente, que se destine a área verde. Ese fue el deseo de José Bianchi en su testamento, para lo cual redactó una Minuta con instrucciones al Conservador de Bienes Raíces de Santa Cruz.. Y, efectivamente, estos terrenos fueron inscritos a nombre de la Municipalidad de Pichilemu el 21 de octubre del año 1960, fs. 599 a 615v.

Todos estos antecedentes han sido puestos en conocimiento del Alcalde y Concejo a través de cartas formales, reiterados a la Asesora Jurídica vía electrónica, a fin de reivindicarse como municipales y fiscales, respectivamente.
Este trabajo de los dirigentes, que requiere de bastante paciencia, tiempo y dedicación, debería ser una vergüenza para las autoridades elegidas o nombradas que tienen la obligación por mandato de la ley, de resguardar los bienes fiscales. Y, si no lo hacen, incurren en un notable abandono de deberes. Ellos por cierto lo ignoran, no saben y, si lo supieran tampoco se auto denunciarán ante los organismos pertinentes.
Tema de tan larga data como el señalado es la respuesta pendiente de la Municipalidad respecto a la usurpación de 115 metros cuadrados aproximadamente en propiedad ubicada en Avenida Costanera Nº 1365, planteado originalmente por el dirigente vecinal Juan Ávila en sesión del Concejo Municipal efectuado el 12 de agosto de 2016, a lo que no hubo respuesta. Tampoco la última carta al Alcalde insistiendo en lo mismo, fue el 7 de junio de 2020, la que por cierto está sin respuesta a la fecha.
Por esta razón, los dirigentes se aprontan a reclamar a Contraloría dando cuenta de la desidia de las autoridades comunales, en su obligación de cautelar y defender los bienes que pertenecen a la comunidad.
Una tarea que, como ha quedado demostrado, no es prioritaria de quienes fueron elegidos para representar a la comunidad.
Prontamente, esta misma comunidad deberá ratificar la confianza en ellos, o entregársela a otros que sí estén dispuestos a jugársela en todos los aspectos. Y no dándole rienda suelta a los audaces que lejos de terminarse, siguen profitando a sus anchas en la república independiente de Pichilemu. Todo con ayuda de cómplices que quieren seguir sentados en los curiles municipales sin preocuparse que el patrimonio municipal y fiscal cae en manos de inescrupulosos.

Fotografías: Archivos “pichilemunews”/Vecinos Playa La Ballena

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